Requisitos para los alimentadores de energía de las cargas en circuitos derivados | Instalaciones Eléctricas Residenciales

Requisitos para los alimentadores de energía de las cargas en circuitos derivados

2013/04/22

Con esta octava parte de Circuitos Derivados damos por concluido todo lo referente al Artículo 210 de Circuitos Derivados de la NOM-001-SEDE vigente. Veremos los requisitos de instalación, la capacidad de conducción de corriente y tamaño nominal mínimo de los conductores, para los alimentadores que suministran energía a las cargas de los circuitos derivados.

Respecto de lo que nos ocupa en esta ocasión, seguimos con el resto de las salidas necesarias, que complementarán las salidas necesarias de receptáculos para las unidades de vivienda y para las habitaciones de huéspedes, indicadas en el número anterior de la revista y que iniciamos en el articulo 210-50. Esta vez tratamos las salidas que son para: A) Aparadores, B) Equipo de calefacción, aire acondicionado y refrigeración, y C) Alumbrado en Unidad o unidades de vivienda, Habitaciones de huéspedes y Otros lugares (sótanos o espacios bajo el piso que albergan equipos que requieren reparación).

210-62. Aparadores
Directamente por encima de un aparador debe instalarse por lo menos una salida para receptáculo por cada 3,7 m lineales o fracción del área del aparador, medidos horizontalmente en su parte más ancha.

Instalaciones eléctricas residenciales - Aparador

210-63. Salidas para equipos de calefacción, aire acondicionado y refrigeración
Debe instalarse una salida para receptáculo monofásica de 120 V o 127 V y 15 A o 20 A en un lugar accesible para el servicio o mantenimiento de los equipos de calefacción, refrigeración y aire acondicionado en las azoteas, áticos y espacios de poca altura. La salida para receptáculo debe estar situada al mismo nivel y a una distancia dentro de los 760 mm del equipo de calefacción, refrigeración o aire acondicionado. La salida para receptáculo no debe conectarse del lado de la carga del medio de desconexión del equipo.

Instalaciones eléctricas residenciales - Mini Split conectado con clavija

Excepción: Equipos en azoteas de viviendas unifamiliares y bifamiliares.

210-70. Salidas requeridas para alumbrado
Las salidas para alumbrado deben instalarse donde se especifica en 210-70 (a), (b) y (c) siguientes:

a) Unidad o unidades de vivienda. En las unidades de vivienda, las salidas de alumbrado deben instalarse de acuerdo con (1), (2) y (3).

    (1) Cuartos habitables. Debe instalarse al menos una salida para alumbrado controlada por un interruptor de pared, en todos los cuartos habitables y cuartos de baño.

    Ver también: Cargas máximas y permitidas en circuitos derivados


    Excepción 1: En otros recintos diferentes de cocinas y cuartos de baño se permite uno o más receptáculos controlados mediante interruptor de pared en lugar de salidas de alumbrado.

    Excepción 2: Se permite que las salidas de alumbrado estén controladas por sensores de presencia que:

      (1) Sean complementarios a los interruptores de pared, o

      (2) Estén localizados donde se instalan normalmente los interruptores de pared y estén equipados con un control manual adicional que permita que el sensor funcione como interruptor de pared.

    (2) Lugares adicionales. Se debe instalar al menos una salida de alumbrado controlada con un interruptor de pared, en pasillos, escaleras, garajes adjuntos y garajes separados con energía eléctrica y debe suministrarse iluminación en la parte exterior de entradas y salidas exteriores con acceso a nivel de piso. Una puerta vehicular en un garaje no debe considerarse como una entrada o salida exterior. Cuando estén instaladas salidas de alumbrado en escaleras interiores, debe haber un interruptor de pared al nivel de cada piso, para controlar la salida de alumbrado, en donde la diferencia entre los niveles de los pisos es de seis escalones o más.

    Excepción: En pasillos, escaleras y accesos exteriores, se permite un control remoto, central o automático del alumbrado.

    (3) Espacios para almacenamiento o equipo. En sótanos, espacios bajo el piso y cuartos de máquinas, debe instalarse al menos una salida para alumbrado con un interruptor o controlado por un interruptor de pared, en donde estos espacios se utilizan para almacenamiento o para contener equipo que requiere reparación. Al menos un punto de control debe estar en el punto habitual de entrada a estos espacios. La salida de alumbrado debe instalarse cerca del equipo que necesita reparación.

    Instalaciones eléctricas residenciales - Apagador sencillo en pared

b) Habitaciones de huéspedes. En las habitaciones de huéspedes de los hoteles, moteles o inmuebles similares, debe haber al menos una salida para alumbrado o receptáculo controlada por un interruptor de pared.

c) Otros lugares. En los sótanos o espacios bajo el piso que albergan equipos que requieren reparación, tales como de calefacción, refrigeración o aire acondicionado, debe instalarse al menos una salida de alumbrado con interruptor, o controlada por un interruptor de pared. Al menos un punto de control debe estar en el punto habitual de entrada a estos espacios. La salida de alumbrado debe instalarse cerca del equipo que necesita reparación.

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