La modernidad trae consigo el desarrollo de tecnologías aplicables en todos los ámbitos, incluyendo a las viviendas residenciales, mismas que actualmente pueden construirse, o en su caso adecuarse, para contar con elementos que proporcionen comodidad a sus habitantes, y a su vez contribuyan al ahorro de energía eléctrica, agua y gas.
En 2010, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) creó el programa Hipoteca Verde que permitió a los trabajadores -que así lo solicitaban- obtener un monto adicional a su crédito, de acuerdo a su salario, para instalar ecotecnologías que garantizan ahorros significativos a largo plazo.
Su importancia es tal, que a partir de 2011 el Infonavit convirtió sus créditos en créditos verdes, haciendo obligatorio el contar con ecotecnologías en las viviendas que se compren, construyan, amplíen o remodelen, a través de los financiamientos que otorga, asegurando un ahorro entre 100 y 400 pesos mensuales, en promedio (Ver tabla 1).
Si como derechohabiente adquieres una vivienda nueva o usada con ecotecnologías instaladas, y éstas cumplen con el ahorro mínimo establecido por el Infonavit, el monto adicional que te otorguen formará parte de tu crédito hipotecario, y el pago de estos equipos se hará directamente al vendedor.
En tanto, si la vivienda que quieres comprar, nueva o usada, no cuenta con ecotecnologías, deberás instalarlas una vez obtenido el crédito, y adquirirlas con los proveedores autorizados por el instituto; por lo que el monto adicional no formará parte de tu crédito hipotecario, ya que el pago lo harás directamente a los proveedores. Pero si el crédito que te otorgará el Infonavit es para construir en un terreno propio, reparar, ampliar o mejorar tu vivienda, como derechohabiente deberás verificar que se instalen las ecotecnologías que señala el instituto, eligiéndolas de una lista de proveedores autorizados.
Es importante recalcar, tanto para el derechohabiente como para las personas que se encargarán de instalar estas ecotecnologías, que antes de montarlas deben consultar los materiales que se usan para tal fin. Además, las ecotecnologías incorporadas en la vivienda deberán ser instaladas conforme lo indique el manual de instalación y especificaciones del fabricante, para asegurar el ejercicio de la garantía y cumplir con normas o especificaciones técnicas establecidas.
Beneficios
- Ahorro en el gasto familiar del acreditado al disminuir el consumo de agua, energía eléctrica y gas.
- Contribuir al uso eficiente y racional de los recursos naturales y al cuidado del medio ambiente.
- Con los ahorros mensuales se cubre el pago mensual del crédito, sin afectar la economía familiar.
- Transparencia al dar flexibilidad en la selección de las ecotecnologías y mayores oportunidades de ahorro para los acreditados al elegir las que más se ajusten a sus requerimientos de ahorro en el consumo.
- Incremento del valor patrimonial de la vivienda.
A continuación te presentamos 12 ecotecnologías el uso eficiente de la energía eléctrica en viviendas unifamiliares y verticales no unifamiliares
Lámpara de uso residencial
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Combinación de lámparas fluorescentes compactas autobalastradas (focos ahorradores) y lámparas LED tipo bombilla, que cumplan con NOM-017-ENER/SCFI-2008 o 2012 así como con las Especificaciones ANCEESP-01, Edic.4 y la certificación sobre la NOM-030-ENER-2012. Flujo luminoso mínimo de 700 lúmenes. Mínimo de potencia 80 lm/watts. Omnidireccionales.
Lámpara de uso residencial
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Combinación de lámparas fluorescentes compactas autobalastradas y lámparas de LED omnidireccionales, que cumplan con la NOM-017-ENER/SCFI-2008 o 2012, Especificaciones ANCE-ESP-01, Edic. 4 y NOM-030-ENER-2012. Flujo luminoso mínimo de 700 lúmenes. Mínimo de potencia 80 lm/watts. Omnidireccionales.
Lámparas de LED
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Lámparas de LED omnidireccionales, que cumplan con las Especificaciones ANCE-ESP-01, Edic. 4 y la NOM-030-ENER-2012. Deben contar con el flujo luminoso mínimo de 700 lúmenes, con un mínimo de potencia de 80 lm/watts.
Optimizador de Tensión Eléctrica
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Optimizador de tensión eléctrica de 20 a 39 A y optimizador de tensión eléctrica de 40 a 50 A. Sistema que modifica y reconstruye la forma de onda de corriente eléctrica alterna (CA) a un nivel de energía más eficiente. Optimiza el voltaje utilizado, administra la tensión suministrada por la CFE. Dictamen Técnico de Cumplimiento de Especificaciones ANCE-ESP-04 y Certificado de NOM-003-SCFI-2000.
Optimizador de Tensión Eléctrica
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Optimizador de tensión eléctrica de 20-39 A + 8 LFC y optimizador de 40-50 A + 8 LFC. Es un equipo controlador de voltaje de 30 A o de 50 A + 8 lámparas fluorescentes autobalastradas. El optimizador debe cumplir con Especificaciones ANCE-ESP-04 y NOM-003-SCFI-2000 vigente; mientras que las lámparas con NOM-017-ENER/SCFI-2008 o NOM-017-ENER/SCFI-2012.
Ventanas con doble acristalamiento
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Ventanas con doble acristalamiento instalado en maguetería de PVC. Formado por dos vidrios de 3 mm, uno de ellos Low-E de baja emisividad y otro claro, entre ellos una cámara de aire sellada herméticamente. Con Dictamen de Idoneidad Técnica emitido por organismo certificador con las normas complementarias de ASTM y que cumpla con la NOM-024-ENER-2012. Importante: En cumplimiento con la Norma NOM-020-ENER-2011 los ahorros que generan estas ventanas dejarán de tener efecto para la vivienda nueva registrada a partir del día 1 de junio de 2014, es decir no generarán ahorro alguno. La tecnología y los ahorros seguirán vigentes únicamente para el esquema de vivienda usada (Mercado Abierto Individual).
Aire Acondicionado
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Equipo de aire acondicionado de alta eficiencia o de bajo consumo. La vivienda podrá estar equipada con uno o dos equipos con capacidad de 1 o 1.5 toneladas, que cumplan con la NOM-003-SCFI-2000 y la NOM-023-ENER-2010. Importante: A partir del 1 de junio de 2014 las nuevas viviendas registradas en el RUV (Registro Único de Vivienda) que cuenten con equipo de aire acondicionado deberán tener en el certificado una REE (Relación de Eficiencia Energética) igual o mayor a 3.
Aislamiento Térmico en el Techo
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Materiales termoaislantes en techos que cumplan con el valor mínimo de la Resistencia Térmica (“R”) de la NMX-C-460-ONNCCE-2009 con base en los certificados de los materiales que cumplan con la NOM-018-ENER-2011 y NMX-C-460-ONNCE-vigente. En viviendas de dos niveles (dúplex vertical) únicamente la vivienda de último piso y sólo en esta se contabilizará el ahorro. Para vivienda usada o terminada, sólo podrán aplicarse aislamientos a base de placa de poliestireno de 2” de espesor. Importante: En cumplimiento con la NOM-020-ENER-2011, los ahorros de esta ecotecnología dejarán de tener efecto para la vivienda nueva registrada a partir del 1 de junio de 2014, es decir no generará ahorro alguno.
Aislamiento Térmico en Muro
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Aislamiento térmico en muro de mayor superficie de insolación. Materiales termoaislantes que cumplan con el valor mínimo de Resistencia Térmica de la NMX-C-460-ONNCCE-2009, con la NOM-018-ENER-2011 y con la NMX-C-460-ONNCCE-vigente. Importante: En cumplimiento con la NOM-020-ENER-2011, los ahorros de esta ecotecnología dejarán de tener efecto para la vivienda
nueva registrada a partir del 1 de junio de 2014, es decir no generará ahorro alguno.
Acabado Reflectivo en Techo
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Recubrimiento reflectivo como acabado final en techos planos o inclinados con textura lisa. Reflectancia solar mayor al 80% en clima cálido y del 70% en clima templado, y emitancia térmica mayor a 0.8, con cumplimiento del DIT (Dictamen Técnico de Idoneidad). Normas: ASTM C1549, ASTM C1371 y NMX-C-450-ONNCCE-2010. Además de tener propiedades reflectivas, puede tener características impermeabilizantes. Importante: En cumplimiento con la NOM-020-ENER-2011, los ahorros de esta ecotecnología dejarán de tener efecto para la vivienda nueva registrada a partir del día 1 de junio de 2014. La tecnología y los ahorros seguirán vigentes únicamente para el esquema de vivienda usada (Mercado Abierto Individual).
Acabado Reflectivo en Muro
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Recubrimiento reflectivo como acabado final en muro de mayor superficie de insolación. Que cumpla con una reflectancia solar mayor al 70% en clima cálido y en clima templado y emitancia térmica mayor a 0.8, con cumplimiento del DIT publicado por ONNCCE. Normas: ASTM C1549, ASTM C1371 y certificado NMX-C-423-ONNCCE-2003. Importante: En cumplimiento con la NOM-020-ENER-2011, los ahorros de esta ecotecnología dejarán de tener efecto para la vivienda nueva registrada a partir del día 1 de junio de 2014. La tecnología y los ahorros seguirán vigentes únicamente para el esquema de vivienda usada (Mercado Abierto Individual).
Refrigerador de Alta Eficiencia de Energía
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Refrigerador de alta eficiencia o de bajo consumo, cumplimiento del 5% mayor a la eficiencia estipulada en la NOM-015-ENER-2002. El refrigerador deberá tener una capacidad igual o mayor a 10 pies. Actualmente sólo aplica para vivienda usada, presentando documentación solicitada por el Infonavit. Importante: Si financia el FIDE, ese organismo establece norma y se reconoce ahorro. La evidencia es la factura o la carta de crédito autorizada por el FIDE. Infonavit reconoce ahorro, no otorga monto adicional.
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